En estos
días nos hemos enterado por los medios de comunicación, que la empresa
colombiana Postobón estaría siendo investigada por presunta financiación de
grupos paramilitares que delinquían en el departamento del Cesar en los años 90.
Toda vez
que estos grupos han sido perpetradores de masacres y crímenes de lesa
humanidad, nos preguntamos si las empresas son conscientes del riesgo que
corren de ser señaladas como violadoras de derechos humanos. Y si son
conscientes de ello, nos preguntamos si ellas tienen las herramientas
suficientes que les permitan tener la certeza de no haber incurrido en una
violación de los mismos.
En Colombia
y tras 50 años de guerra es muy fácil que las empresas puedan enfrentar un
proceso judicial de esta naturaleza. El conflicto se propagó por todo el
territorio y se han cometido graves violaciones de los derechos humanos por
parte de los grupos armados, y muchas empresas de manera voluntaria o en virtud
de la extorsión, han sido parte del conflicto.
El riesgo
entonces está latente.
Lo primero que
se debe tener en cuenta es que en Colombia la Constitución de 1991, en su
artículo 86, consagró la procedencia de la acción de tutela frente a
violaciones de los derechos fundamentales imputables a particulares. No cabe
duda entonces que no solo el Estado, si no las empresas, pueden ser acusados de
violar los derechos humanos y ser obligados a su restablecimiento y eficacia
inmediata.
La
comunidad internacional ha sido consciente de esta problemática, y luego de
grandes controversias, en junio de 2011, el Consejo de Derechos Humanos de
Naciones Unidas aprobó los Principios Rectores sobre las empresas y derechos humanos, elaborados por el profesor John Ruggie, Representante Especial del Secretario
General de la ONU para esta materia.
Estos
Principios, además de representar un acuerdo entre empresas y Estados,
dilucidaron las competencias y responsabilidades de estos, frente a los
derechos fundamentales:
- Los Estados tienen la obligación de respetar, proteger y cumplir los derechos humanos y las libertades fundamentales, y
- Las empresas tienen la obligación de respetar los derechos humanos y asumir las consecuencias de la afectación de los mismos, lo que implica prevenirlas, mitigarlas y, si es del caso, remediarlas.
Se destaca
que los Principios Rectores “se aplican a todos los Estados y a todas las
empresas, tanto transnacionales como de otro tipo, con independencia de su
tamaño, sector, ubicación, propietarios y estructura”.
En la
actualidad, las empresas que quieran incursionar en los mercados
internacionales, quieran acceder a la banca internacional y multilateral, y quieran
ser empresas sostenibles en el sentido amplio de la palabra, deben implementar cuanto
antes las recomendaciones de los Principios Rectores.
Podrían
comenzar por el análisis de riesgos con perspectiva de derechos humanos sobre
todos los procesos de la empresa. Una vez identificados los riesgos críticos deberían
complementar su sistema de control interno con los controles que mitiguen el
riesgo de afectar los derechos fundamentales. Es posible que la empresa ya tenga
estos controles, establecidos para mitigar otros riesgos: ambiental, social,
seguridad física, corrupción, laboral, entre otros.
Para
generar confianza y monitorear este riesgo, también deberían adaptar las líneas
y canales de quejas o denuncias con el fin de dar tratamiento especial y
prioritario a las que tengan que ver con violación de derechos humanos.
No se trata
de crear nuevos sistemas de gerenciamiento de riesgos, ni nuevos sistemas de
control interno, ni nuevas líneas de quejas. Se trata de hacer visible dentro
de los sistemas que ya tiene la empresa, el asunto de derechos humanos y darle el
tratamiento especializado que requiere. No es tan complejo.
Los planes
de mitigación, la verificación de su cumplimiento y la rendición de cuentas,
entre otros, serán elementos de gestión que la empresa irá implementando poco a
poco.
Ahora bien,
lo más importante será promover esta cultura en la empresa, donde todos sus
integrantes, empezando por el directorio y la gerencia, se caractericen por un
profundo y genuino respeto por los derechos fundamentales.
En la
coyuntura actual de Colombia no podemos olvidar que la verdad, justicia
y reparación que se busca en el posconflicto puede poner en evidencia muchos casos
como el de Postobón e incluso diferentes que comporten graves violaciones a los
derechos humanos.
De ahí la necesidad inminente de abordar este tema, hacer la
tarea, conocer la historia de nuestras empresas, mitigar los efectos de una
acusación y sobre todo dar garantía de “no repetición”.
Margarita
Obregón
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