domingo, 26 de marzo de 2017

Acciones contra la corrupción

Hace algunos meses nos referíamos a la necesidad inaplazable de establecer Códigos de Conducta en las empresas públicas y privadas de Colombia.

Conocidos los detalles del caso Odebrecht a través de los medios de comunicación y las declaraciones de diversos implicados y testigos, se reitera la urgencia de fijar estos protocolos, pues todo lo divulgado nos reitera que en este país perdimos el norte y no sabemos cómo comportarnos frente al manejo de los bienes públicos.

Candidatos y allegados buscando financiación de sus campañas con empresas privadas extranjeras, dizque sin saber quién paga ni sus pasajes en primera clase ni la estadía en hoteles de varias estrellas y sin enterarse quienes son sus aportantes. Esas empresas, siguiendo el ejemplo de sus socios nacionales, buscando acercamiento con el gobierno de turno mediante la financiación de sus campañas o sobornando a todo aquel que se les atraviese para garantizar el florecimiento de sus negocios durante su mandato, en lugar de ejercer el mecenazgo y financiar proyectos comunitarios o de ciencia, tecnología, educación, cultura, o los museos de memoria, por ejemplo, con escasa financiación estatal y esos si que trascienden los gobiernos.

Funcionarios públicos que en reuniones privadas en sus oficinas, en sus apartamentos, en eventos sociales, dan información sobre licitaciones y negocios en curso a virtuales oferentes o contratistas privilegiados, y congresistas e intermediarios gestionando negocios de particulares ante las entidades del Estado, como si aquellos no fueran elegidos para legislar en favor de todo los ciudadanos y para hacer primar el interés general sobre el particular.

Servidores públicos que no saben qué hacer con regalos y atenciones provenientes de partes interesadas en los negocios públicos que gestionan, muy respetuosos con el oferente de la dádiva y sin rechazarlos de manera contundente “pues de pronto se delican”, y sin tener claridad y conciencia, como es su obligación por el cargo que ocupan,  que estas son calificadas globalmente como prácticas de corrupción,  y como si los colombianos no hubiéramos tenido suficiente con el anillo que la “Monita Retrechera” le obsequiara a la señora “Jacquin” y la cartera y botines que Giorgio Sale les regalara al entonces magistrado José Alfredo Escobar y a su esposa.   

Las leyes existen, las prohibiciones están, pero todos se hacen los de la vista gorda para violarlas, pues en su arribismo, solo importan la fortuna y el éxito.

Con el mundo al revés frente a nuestras narices, se hace menester que en la sociedad hagamos conciencia de la ilicitud de estas prácticas y las condenemos; y que las entidades estatales fijen los Códigos de Conducta que prohíban de manera clara e irrefutable, al menos estas 4:

  • Política de atenciones y regalos: los servidores públicos no pueden recibir regalos, ni atenciones de ninguna naturaleza y así se lo debe tener claro la ciudadanía. Si se presenta el caso, las atenciones y regalos se deben rechazar de manera contundente y sin rodeos. Si por alguna razón fuera imposible negarse a recibir el regalo, debe existir un protocolo para revelar la situación y entregar el regalo a quien la entidad determine en sus reglamentos.

  • Prohibición para los servidores públicos, cualquiera sea su cargo (incluido Director/Gerente/Presidente) de hablar o dar información sobre licitaciones o negocios en curso en reuniones privadas con particulares interesados. De estos negocios solo debe hablar el funcionario competente, en los espacios y canales establecidos para ello (preferible en audiencias públicas) en igualdad de condiciones para todos los interesados, participantes, oferentes, o contratistas.

  • Las entidades estatales y las sociedades en las cuales el Estado tenga participación deben reglamentar espacios para que los particulares les ofrezcan bienes y servicios, indicando oficinas y horarios de atención, y en las audiencias o reuniones tener control de asistentes y actas de registro de lo ocurrido.

  • Y lo más urgente, que los servidores públicos, cualquiera sea su cargo (incluido Director/Gerente/Presidente) tengan claro que a los congresistas les está prohibido gestionar ante las entidades estatales y las sociedades en las cuales el Estado tenga participación, negocios de particulares. Es decir, les está prohibido presentar hojas de vida o recomendaciones de eventuales proponentes o contratistas para prestar servicios u ofrecer sus bienes a la respectiva entidad.

Si los colombianos no exigimos y no presionamos como sociedad para que todos observemos estas reglas mínimas para el manejo de los bienes públicos, somos definitivamente un país inviable.



Margarita Obregón


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